Retraso en la integración de carpetas de investigación

El litigio es un trabajo sumamente difícil, es un trabajo emocional, mental y físicamente agotador, y si a esto le sumamos la conducta de algunas autoridades, apatía, exceso de normatividad interna… en concreto, los acuerdos que por ejemplo envían a la Secretaría Técnica en FGR como una determinación, tardan en analizar casi un año, esto ocasiona sin duda un retraso en la impartición y procuración de justicia, algunos delitos puedan prescribir, que de dilapiden bienes, que no se localice a imputados, etc., como debemos actuar ante estas circunstancias, cuando el imputado no pude solicitar la audiencia que prevé el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y la víctima por otro lado si la solicita se somete a prevenciones varias de los Juzgados de control para acceder a darle fecha de audiencia, como debemos actuar los postulantes ante estas conductas que, el cliente no entiende, retrasan el trabajo, fomentan la corrupción, sumado a que no encuentras acceso a quien decide en esas áreas.

Me referiré en concreto a las fiscalías, ya que es ahí donde está el atraso, los Juzgados al final tienen plazos para acordar y además no he visto nunca una promoción sin acuerdo y por el contrario en las fiscalías si he vivido que no acuerden las promociones de las partes, aún de la misma víctima.

En fin, más que un reclamo es una petición al orden y cumplimiento de la Ley, el artículo 216 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ordena acordar en el plazo de tres días, la petición que se haga al Ministerio Público de diligencias que soliciten las partes, cosa que generalmente no sucede, he presentado promociones que no se acuerdan en mas de un mes y al acudir pretenden hacerte saber el acuerdo en forma verbal y generalmente es un acuerdo de no procedencia de los actos de investigación solicitados, por falta de pertinencia, porque tu como defensa los puedes hacer, etc., y sí, en algunos casos, si puede la defensa llevarlos a cabo, pero que ocurre con actos que requieren autorización judicial, que pasa con diligencias que solicita al víctima.

Siempre he respetado y comprendido la carga de trabajo y falta de insumos en las fiscalías, en algunas incluso no tienen papel, pero ese no es el tema, se trata de encontrar la forma de integrar las carpetas de investigación de la manera más fácil, sin trabajar del “chongo” con la fiscalía ya que al final estarán sentados uno al lado del otro en la audiencia inicial, en el juicio, etc., y también se trata de no llevar a cada rato al Ministerio Público a audiencia de control de omisiones ante Juez de Control; por ello he detectado también de parte de los postulantes que en sus escritos no son claros, no mencionan la pertinencia de la prueba, solo enlistan y esto afecta también en las audiencia en peticiones de los litigantes.

Primero sugiero que las denuncias, ya contengan descritos los datos de prueba con los que se cuente, los actos de investigación que se soliciten, se auxilie y apoye a las fiscalías en la medida de lo posible para entrega de oficios, si es posible se realicen periciales privadas (no son obligadas las de la fiscalía), recordemos que el Ministerio Público ya no tiene fe pública; es decir los postulantes y la fiscalía estamos en igualdad de condiciones; y siempre recomiendo que se integre de parte de los postulantes los datos para le reparación del daño y se apoye a la fiscalía en cuanto al hecho y la responsabilidad penal; en concreto que se lleve e integra una carpeta en conjunto el Asesor Jurídico y la Fiscalía.

La justicia, aunque anda cojeando, rara vez deja de alcanzar al criminal en su carrera. (Horacio)

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