Reposición de Tarjeta de Residente

Obtener la tarjeta de residente temporal o permanente en México, significa adquirir derechos y obligaciones dentro de territorio nacional.

Principalmente es un documento que acredita la legal estancia del extranjero y las actividades a las que puede dedicarse. Contiene información personal y particular como lo es el NUE número único de extranjero y el CURP.

 Una vez que la obtienes puedes aperturar cuentas bancarias, darte de alta ante el Registro Federal de Contribuyentes, estudiar, entre otras más.

La Ley de Migración establece los casos en los que se puede reponer la tarjeta de residente o documentos migratorios a saber:

  • Reposición por deterioro parcial o destrucción total: aplica cuando el documento migratorio ha sido dañado de forma que se aprecia una alteración en el mismo. Aplica también para los documentos FM3 y FM2 que se otorgaron antes a fin de actualizar en su actual condición migratoria.
  • Reposición por robo o extravío en territorio nacional. Es importante levantar la denuncia por pérdida o extravío de la tarjeta de residente temporal o permanente ante la autoridad competente a fin de evitar un uso indebido del mismo. Se requiere presentar el acta respectiva ante la autoridad migratoria a fin de continuar con el trámite de reposición.
  • Reposición por robo o extravío en el Es un caso común que extranjeros con legal residencia en México, de regreso a un viaje extravíen su residencia. En este caso, deberá presentarse una denuncia ante la autoridad correspondiente del país donde ocurrió el robo o extravío, así como acudir al Consulado Mexicano más cercano a efecto de obtener una visa de reposición, que le permitirá internarse de regreso a México. Una FMM nueva para reposición y hacer el trámite correspondiente ante las Oficinas de Correspondencia del Instituto Nacional de Migración.

 

El fundamento jurídico lo encontramos en los artículos 3°, fracciones VI, XI, XXVIII, XXIX y XXX; 16, fracciones I y II; 43, 58, 64, 77, 78, 79, 126, 128, 130 y 131 de la Ley de Migración y artículos 1°, 152, 156, 157 y 162 de su Reglamento.

La autoridad migratoria previa verificación del cumplimiento de los requisitos aplicables y de las listas de control migratorio, emitirá la resolución que corresponda:

  1. Si la resolución es positiva, la autoridad migratoria expedirá el documento correspondiente en la condición de estancia, y con la misma vigencia que tenía el documento que se repone. Para la reposición de FMM, se imprimirá el sello de la oficina de trámites y se engrapará la resolución a la misma.
  2. En caso de resolución negativa, deberá emitir  resolución debidamente fundada y motivada, otorgando un plazo entre quince y treinta días naturales para que la persona extranjera abandone el territorio nacional, o solicite la regularización de su estancia.

 

Cuando la autoridad migratoria detecte que la persona extranjera se encuentra en alguna hipótesis de cancelación en términos de la Ley, deberá desahogar como cuestión incidental, la cancelación o no del documento migratorio.

Perder la tarjeta de residente en el extranjero, significa que se deberá realizar un procedimiento migratorio para conseguir una visa de reposición, de ninguna forma puede internarse como turista e intentar la reposición desde México, debido a que existe artículo expreso que cancela la anterior condición migratoria y se pierden los derechos adquiridos.

Así las cosas, una vez revisados los documentos, la oficina consular deberá consultar al Instituto Nacional de Migración (INM), sobre la procedencia y términos en los que se deberá expedir la visa para la reposición adherida al pasaporte, en un plazo no mayor que 3 días hábiles, sin embargo, se deberá acudir al Consulado de México, más de una vez para concluir el proceso.

Finalmente, un caso que también procede la reposición sucede cuando el menor de edad es residente permanente y se vence su tarjeta de residente siendo mayor de edad, por lo que el trámite correspondiente no es una renovación de residencia sino una reposición de tarjeta de residente.

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