“Reforma Fiscal 2022 De La Ciudad De México”.

“Reforma Fiscal 2022 De La Ciudad De México”

ANTECEDENTES
Este 15 de diciembre de 2021, el Congreso de la Ciudad de México aprobó el Paquete Económico 2022.


Con un aumento del 7.4 por ciento en los recursos públicos, con relación a lo aprobado en 2021 lo cual marca un Presupuesto de Egresos por 234 mil millones de pesos, de ahí que el Pleno del Congreso capitalino aprobó los dictámenes a la iniciativa de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2022, el proyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, y la iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal 2022, presentados por las Comisiones Unidas de Hacienda y de Presupuesto y Cuenta Pública.


En su exposición ante el Pleno del Congreso capitalino, la diputada Valentina Batres Guadarrama, presidenta de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, precisó que el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2022, por mandato constitucional y legal, se encuentra sujeto a la previsión de la Ley de Ingresos, por lo que el gasto neto total estimado del sector público de la Ciudad de México asciende a 234 mil 0.88 millones de pesos, y es superior en 7.4 por ciento en términos nominales al aprobado para 2021.


La legisladora explicó que, en términos generales, este presupuesto se divide de la siguiente forma:

  • 84 mil 786 millones 955 mil 533 pesos para las dependencias y órganos desconcentrados;
  • 14 mil 968 millones 728 mil 296 pesos para Policías Auxiliar y Bancaria e Industrial, Autoridad del Centro Histórico;
  • 43 mil 10 millones 265 mil 581 pesos para alcaldías;
  • 60 mil 662 millones 784 mil 688 pesos para entidades;
  • 8 mil 427 millones de pesos para órganos de gobierno;
  • 11 mil 687 millones 808 mil 772 pesos para organismos autónomos.

 

Asimismo, la propuesta contempló seis ejes rectores de la política pública que se impulsarán en 2022, los cuales son:

  1. Igualdad de Derechos, con un monto de 32 mil 932.70 millones de pesos;
  2. Ciudad Sustentable, con 99 mil 8.88 millones de pesos;
  3. Más y Mejor Movilidad, con 39 mil 561.59 millones de pesos;
  4. Ciudad de México, Capital Cultural de América, con mil 496.88 millones de pesos;
  5. Cero Agresión y Mayor Seguridad, con 49 mil 992.33 millones de pesos; y
  6. Ciencia, Innovación y Transparencia, con 11 mil 8.48 millones de pesos.

 

Ya que entre los objetivos propuestos por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, es buscar aumentar la recaudación y atender las afectaciones producidas por el SARS-CoV-2. Haciendo más eficiente la recaudación, para que la CDMX continúe como la entidad con mayor autonomía financiera del país, por su capacidad para generar ingresos propios, sin incrementar los impuestos en términos reales.

A fin de que el gasto público de la Ciudad de México esté orientado a beneficiar a los más necesitados, en beneficio de la ciudadanía, a través de la revitalización socio económica y los derechos de todas y todos los habitantes.


CONTEXTO


Por ello, el pasado 30 de diciembre de 2021, fue publicado en gaceta oficial de la CDMX el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Ciudad de México”.

Uno de los ejes importantes de la iniciativa de la reforma fiscal para la Ciudad de México 2022, radica en las acciones de mejora para elevar la recaudación de impuestos, lo anterior, derivado de la necesidad de atender la emergencia sanitaria e incentivar el sector como el de la infraestructura, educación, cultura, vivienda, entre muchos otros.

Algunos de los principales cambios son:
• Las autoridades competentes, a fin de determinar la existencia de créditos fiscales, podrán invitar al contribuyente a la autocorrección (previo al levantamiento de la última acta parcial o notificación del oficio de observaciones).
• Reestablecer los porcentajes de las reducciones por pago anticipado del impuesto predial previos a la pandemia; es decir, en un 8 % y 5 % si el pago correspondiente se realiza durante enero o febrero del ejercicio fiscal 2022, respectivamente.
• Las transmisiones en vivo de espectáculos públicos a través de medios digitales, por los cuales se recibe una contraprestación se establece de manera expresa y clara, que los espectáculos públicos que sean transmitidos en vivo de manera digital, se encuentran sujetos al Impuesto sobre Espectáculos Públicos, lo anterior, sin incidir en el objeto tributario del IVA (art. 134, Reforma).
• Se establece con precisión la obligación de las personas físicas y las morales, tenedoras o usuarias de vehículos, de obtener la expedición de las placas de circulación siempre que su domicilio se ubique en la CDMX, ante las autoridades correspondientes
• Se prevé que las personas físicas o morales que operen, utilicen y/o administren aplicaciones y/o plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, a través de las cuales los usuarios puedan contratar la entrega de paquetería, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía con entrega en el territorio de la CDMX, siempre que actúen con carácter de intermediarias, promotoras o facilitadoras, deberán pagar mensualmente por concepto de aprovechamiento por el uso y explotación de la infraestructura de la CDMX el 2 % del cobro total antes de impuestos por cada entrega realizada.
• Los servicios de hospedaje mediante plataformas en línea también deberán pagar impuestos en la CDMX, ya que se estableció que quien cobre las contraprestaciones por hospedaje a través de aplicaciones móviles en la capital del país, se considerarán “obligados solidarios en el entero del impuesto”, el cual será de hasta el 5% y deberán pagarlo a más tardar el día 15 de cada mes a través de una declaración.
• El Congreso de la CDMX aprobó que la matriculación vehicular y no en otras entidades federativas, como parte del Paquete Económico de 2022, el cual contempla que, a partir del mes de enero de 2022, será obligatoria la matriculación en dicha entidad y por consecuencia, el pago del impuesto sobre posesión de vehículos, mejor conocida como “tenencia”.

Ante la confusión y las noticias que anunciaban un aumento en los impuestos por parte del Gobierno de la Ciudad de México, la Secretaría de Administración y Finanzas, con la finalidad de transparentar y dar mayor publicidad a las implicaciones de las citadas reformas comunicó lo siguiente:


“1. Respecto del artículo 307 TER

  • Es preciso enfatizar que no se trata de un impuesto, es un aprovechamiento del 2% a plataformas digitales sobre la cuota de intermediación que cobran estas grandes empresas trasnacionales, que sacan sus ganancias del país, sin retribuir a la Ciudad por la actividad que generan.
  • Este aprovechamiento por su naturaleza no puede ser transferible ni a los comerciantes, ni a los consumidores, ni tampoco a los repartidores.
  • Adicionalmente, con la Secretaría del Trabajo estamos apoyando a los repartidores para generar iniciativas para facilitar el acceso a la seguridad social y el reconocimiento a los derechos laborales, que estas empresas no otorgan.

 

2. Respecto al artículo 134 sobre Espectáculos públicos

  • No se aprobó ningún impuesto nuevo a espectáculos de streaming. Estamos evitando la evasión fiscal por la venta de boletos por la vía electrónica. Eso tampoco representará ningún cargo adicional al usuario.
  • Se aclara que, para espectáculos en vivo en la Ciudad de México, esta contribución ya existente, aplica tanto para la venta de boletos físicos como para la venta de boletos digitales.
  • Se mantienen los beneficios para personas físicas y morales que realizan espectáculos públicos, que consisten en un descuento del 100% a los pequeños espacios culturales independientes y del 95% a las producciones teatrales no mayores a 2499 espectadores.

 

3. Artículo 464, fracción III

  • Sobre la multa de índole fiscal por no realizar el emplacamiento a partir de 2022 en la Ciudad de México, no debe preocuparse ni la ciudadanía ni las agencias automotrices. Iniciaremos a partir de hoy una serie de reuniones con las distribuidoras automotrices en conjunto con los Diputados de la Ciudad, para establecer las reglas y alcances de su aplicación.
  • Sin embargo, se informa que no se trata de una multa o infracción de tránsito, no puede ser aplicada por policías, ni es impedimento para la realización de ningún trámite en la Ciudad, ni será motivo de que se imponga al momento de realizar dichos trámites”.

 

CONCLUSIONES:


A.- De acuerdo con las autoridades capitalinas, el objetivo del paquete económico es evitar la evasión fiscal para el caso de los poseedores de vehículos automotores que viven en la CDMX que deciden emplacar sus unidades en entidades donde es menor el costo por dicho trámite, como en el Estado de México; o el estado de Morelos, donde la tenencia es inexistente. Lo cual conllevara acciones claras y de equidad tributaria, a fin de evitar actos arbitrarios por parte de las autoridades.

B.-Finalmente, el gasto para 2022 se encuentra centrado en mejorar la asignación de los recursos públicos, orientándolos a el bienestar de las personas, ayudando a la recuperación económica de la ciudad, derivada del contexto a nivel mundial con la reciente afectación a nivel económico originado por la pandemia que, de manera inevitable, continúa afectando en la disponibilidad de recursos públicos y privados.

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